Buenos días señores y señoras,
Mi nombre es Víctor Manuel Rodríguez Martín, y soy uno de los promotores de esta Junta General Extraordinaria. Un grupo de accionistas que juntos representamos el 5,43 por ciento del capital social de Ercros, por tanto poseedores de 6.223.899 acciones, hemos solicitado su convocatoria al amparo del artículo 168 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante LSC). En este acto comparezco como titular y representando a accionistas que poseen aproximadamente tres millones de acciones de Ercros S.A.
Señoras y señores, hace unos meses unos pequeños accionistas como ustedes, cansados de ver como la cotización de la acción de Ercros S.A. se depreciaba hasta un 95 % del valor que un día tuvo, y de que las sucesivas ampliaciones de capital solicitadas por el consejo de administración a la Junta General lastraran esta cotización, decidimos que debíamos hacer algo para poner de manifiesto nuestro descontento y frustración por el valor de la acción. También para denunciar lo que consideramos un expolio del derecho de adquisición preferente perpetrado por nuestro consejo de administración mediante el pago de la prima de asistencia.
Por eso acometimos la tarea de agrupar a un número de accionistas con títulos suficientes para poder convocar esta Junta General Extraordinaria. En el momento de solicitarla necesitábamos un 5% del capital, hoy por virtud de lo dispuesto en el artículo 495.2 de la Ley de Sociedades de capital, recién reformada, solo necesitamos el 3% del capital. Y a la vista está que lo conseguimos.
Desde el momento en que la convocamos hasta el día de hoy, cientos de pequeños accionistas se han acercado a nosotros para mostrarnos su apoyo y hoy podemos decir con satisfacción que el grupo de accionistas que ha convocado esta junta, comparece en ella con el apoyo de accionistas que posen mas de catorce millones de acciones de Ercros.
Denuncia.
Quisiera comenzar denunciando lo que yo considero una grave discriminación entre los accionistas que comparecen a esta Junta como representados.
El artículo 514 de la vigente LSC obliga a las sociedades cotizadas, entre ellas la nuestra evidentemente, a garantizar en todo momento la igualdad de trato de todos los accionistas, en todo aquello que se refiera a la información, la participación y el ejercicio del derecho de voto en la Junta. Yo creo que esta igualdad de trato no se da en esta junta general. Porque hay diferencias entre los accionistas representados por el Consejo de administración, y aquellos que lo hacen representados por otras personas. A quienes comparecemos en la Junta representando a otros accionistas se nos exige:
1. Entregar la tarjeta de asistencia original firmada por el accionista representado.
2. Aportar junto con aquella una fotocopia del documento nacional de identidad de los titulares de las acciones.
Sin embargo, solo el primero de estos requisitos viene exigido por el artículo 9.8 del Reglamento de la Junta.
Por el contrario los accionistas representados por el Consejo de Administración, no necesitan adjuntar fotocopia del documento nacional de identidad, y posiblemente, cosa que no puedo asegurar tampoco están firmadas por el titular.
Quiero dejar constancia en mi intervención de las sospechas que algunos accionistas nos han transmitido sobre la posibilidad de que las instrucciones de voto emitidas en las tarjetas entregadas a las entidades no sean tenidas en cuenta.
Adaptación de Estatutos.
Los puntos 1, 2, y 3 del orden del día, son propuestos por el Consejo de Administración y suponen una modificación de los estatutos sociales para adaptarlos a la nueva LSC. Pues bien ya que se adaptan los artículos 33 y 34 de los Estatutos a la nueva ley, se podría haber aprovechado la oportunidad para modificar también los artículos 4 y 5, para adaptarlos a lo dispuesto en el artículo 495.2 de la LSC, por el que se reduce el requisito para convocar junta del 5% al 3% del capital social.
Señoras y señores accionistas como uno de los promotores de esta junta general extraordinaria y haciéndome eco del sentir que me han transmitido los pequeños accionistas a quienes representamos y que suponen mas de catorce millones de acciones de Ercros, quiero pedirles su voto favorable a los puntos cuarto al décimo del orden del día, ambos inclusive.
Los puntos del cuarto al octavo, en los que se solicita la revocación, y dejar sin efecto acuerdos adoptados por esta junta general pueden resumirse en una sola frase: RECUPERAR NUESTRO LEGITIMO DERECHO DE ADQUISICION PREFERENTE.
Se ha dicho que hemos convocado esta junta general de accionistas para acabar con las ampliaciones de capital. Esto no es cierto. No estamos en contra de las ampliaciones de capital. Estamos a favor de mantener uno de los derechos fundamentales de todo accionista que es el derecho de adquisición preferente. Queremos recuperarlo porque consideramos que hemos sido privados de el, por el uso y abuso de la prima de asistencia que el Consejo de Administración ha utilizado en contra de los propios accionistas.
Con el recurso constante al pago de la prima de asistencia se quiebra el principio democrático de la junta, y esta se convierte en rehén del consejo de administración. Es inmoral que una empresa que desde años no da beneficios recurra al pago de la prima con la única finalidad de aprobar sus propuestas, aunque estas sean tan contrarias a sus accionistas como lo es el privarles de su derecho de adquisición preferente.
Incluso en esta convocatoria se paga prima de asistencia. El consejo lo justifica en la página web de la empresa, en una contestación a consulta de un accionista, en que los acuerdos propuestos por los minoritarios convocantes necesitan de un quórum de asistencia reforzado. Esto es rotundamente falso. Los acuerdos sometidos a votación de la junta por los minoritarios no exigen el quórum especial del artículo 194 LSC. Sin embargo, ese quórum reforzado si que es necesario para aprobar la modificación de los estatutos (puntos 1, 2, y 3 del orden del día) propuestos por el consejo de administración. Por tanto quede claro cual es la razón de la prima de asistencia, y no se nos culpe, o trate de justificarse en nuestra solicitud.
Ampliación del número de miembros del Consejo de Administración.
En el punto noveno solicitamos ampliar el número de miembros del consejo de administración, y su nombramiento en el punto décimo siguiente. Porque consideramos llegado el momento de hacer cambios en nuestra empresa. Porque el actual consejo se ha demostrado incapaz de hacer de nuestra empresa una empresa rentable. Porque consideramos que el cambio debe ser un cambio tranquilo, con la renovación de ideas y personas.
Porque en actual consejo de administración no hay consejeros dominicales, y es necesario, que en el se vean representados los verdaderos dueños de esta empresa, sus accionistas. Por eso, si en este momento no hay accionistas de referencia, y los accionistas minoritarios agrupados de forma voluntaria e independiente, disponemos de catorce millones de acciones, estamos legitimados para solicitar que en esa ampliación que pedimos, uno de esos puestos pueda recaer en uno de esos accionistas minoritarios que nos represente a todos.
Todos conocemos la trayectoria de la empresa, y la devaluación constante de la cotización de la acción, responsabilidades que recaen en el actual consejo. Por tanto creemos llegado el momento de intervenir para intentar revertir esta situación que no nos lleva a ninguna parte.
Por todo ello, solicito también el voto favorable a los puntos nueve y diez del orden del día por el que se apruebe la ampliación del número de miembros del consejo de administración, y que en su caso, al menos uno de esos nuevos puestos recaiga en un accionista minoritario.
Muchas gracias
Víctor Manuel Rodríguez Martín
No puedo estar más de acuerdo en tu comentario, excelente exposición Víctor Manuel, y si en esta JGA no ha podido ser, deberemos solicitar sin prisa pero sin pausa otra JGA, no sin antes intentar aglutinar más socios minoritarios, y convocar una reunión con dichos socios minoritarios nuevos, ¿es posible solicitar a la empresa el nombre de todos los accionistas de la empresa y la cuantía de acciones que poseen?, ¿tiene la obligación de darlo el consejo a NEMER , en caso de solicitarlo?.
En Junio en la JGA, será otra oportunidad para hacer ver el descontento de los accionistas minoritarios en la forma de llevar la empresa.
Un cordial saludo, y mostrar mi agradecimiento por vuestra impagable labor en favor de todos nosotros, es decir, de todos los accionistas minoritarios de Ercros.
José Vicente
Impecable exposicion Victor , recibe mi enhorabuena.
Tambien quisiera trasladarte mi humilde opinion sobre las acciones que se pueden llevar a cabo para conseguir nuestros fines.
1º – Interponer denuncia ante Juzgado o CNMV , segun NEMER valore.
2º – Anunciar este hecho en los periodicos de mayor tirada nacional y economicos.
Con esto se conseguirian dos cosas: poner las pilas al actual consejo y poner en conocimiento de la situacion que vive la Empresa a todos los minoristas despistados.
Segun los datos que das en tu exposicion somos mas de 10.000.- accionistas minoritarios en Nemer ( corrigeme si me equivoco) , que con una pequeñisima aportacion podriamos sufragar los gastos que se pudiesen ocasionar. Un cordial saludo.